sábado, 11 de agosto de 2012
Sacar Turnos en ANSES para la Tarjeta ARGENTA
sábado, 4 de agosto de 2012
Nuevo Aumento para Jubilados y Pensionados
El
citado porcentaje surge de la fórmula que marca la Ley de Movilidad
Jubilatoria, que prescribe dos subas por año, las que deben concretarse en el
mes de marzo y septiembre de cada año.
Con
el citado aumento, la jubilación mínima que alcanzaba los $1687 se estaría
incrementando a un monto aproximado de $ 1890 mensuales.
La medida estará beneficiando a 5,7 millones de jubilados y pensionados y a
los ex veteranos de Malvinas. Comprende también a más de 1,1 millón de
beneficiarios de pensiones no contributivas.
Recordemos que la Ley 26.417 establece dos variables para
el cálculo de la movilidad jubilatoria, que son:
· 1 .- El índice del aumento general de salarios del último
semestre publicado por el Indec o el índice RIPTE que calcula el Ministerio de
Trabajo (el mayor de los dos) y,
· 2 .- El aumento de la recaudación tributaria per cápita de la
ANSeS.
Desde que se implementó la Ley de Movilidad Jubilatoria (año
2009), se produjo un incremento total del 144,5% en las jubilaciones. Asimismo,
desde el año 2003 hasta el momento, el beneficio mínimo aumentó en un 1025%.
Fuentes:
viernes, 27 de julio de 2012
Jubilaciones y Pensiones AnSeS e I.P.S.
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miércoles, 25 de julio de 2012
Jubilaciones y Pensiones
Se pueden jubilar ya pagando solo la 1ra. Cuota de moratoria aunque no
tengan aportes:
- Mujeres que al 1.4.2012 tengan 65 años o más
- Hombres que al 1.4.2012 tengan 66 años o más
Quienes ya tengan otorgado un
beneficio, según ANSES deben pagar la deuda al contado en base a la resolución
884/06 ANSES.
No obstante, la justicia (sala
II y III de la Cámara De La Seguridad Social) se ha expedido en el sentido de
que esa Resolución no es aplicable. En consecuencia, si no tienen beneficio
otorgado se pueden jubilar pagando la 1ra. Cuota de la moratoria y si lo tienen
pueden iniciar una acción de amparo contra la Resolución 884/06 ANSES para que
se acepte el otorgamiento de la jubilación con la inclusión en la moratoria
pagando la 1ra. Cuota.
Es importante que CONSULTE
su caso para que pueda obtener su jubilación de acuerdo a la ley y a la
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